{"id":85957,"date":"2025-09-23T22:26:46","date_gmt":"2025-09-23T22:26:46","guid":{"rendered":"https:\/\/iprights.org\/2025\/09\/23\/consejo-de-derechos-humanos-de-las-naciones-unidas-60o-periodo-de-sesiones-tema-3-y-5-del-programa-dialogo-interactivo-con-el-relator-especial-sobre-los-derechos-de-los-pueblos-indigenas\/"},"modified":"2025-09-23T22:26:46","modified_gmt":"2025-09-23T22:26:46","slug":"consejo-de-derechos-humanos-de-las-naciones-unidas-60o-periodo-de-sesiones-tema-3-y-5-del-programa-dialogo-interactivo-con-el-relator-especial-sobre-los-derechos-de-los-pueblos-indigenas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/iprights.org\/es\/2025\/09\/23\/consejo-de-derechos-humanos-de-las-naciones-unidas-60o-periodo-de-sesiones-tema-3-y-5-del-programa-dialogo-interactivo-con-el-relator-especial-sobre-los-derechos-de-los-pueblos-indigenas\/","title":{"rendered":"Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas 60\u00ba per\u00edodo de sesiones | Tema 3 y 5 del programa: Di\u00e1logo interactivo con el Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"\/images\/2025\/SRRIP%20EN.png#joomlaImage:\/\/local-images\/2025\/SRRIP%20EN.png?width=2400&amp;height=1350\" alt=\"\"><\/p>\n<p><strong>Del 8 de septiembre al 8 de octubre de 2025<\/strong><\/p>\n<p><strong>Declaraci\u00f3n de la Internacional de los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas (IPRI) y del Grupo Intercultural Almaciga<\/strong><\/p>\n<\/p>\n<p>Esta declaraci\u00f3n se presenta en nombre de la Internacional de los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas (IPRI) y del Grupo Intercultural Almaciga.<\/p>\n<p>Queremos felicitar al Relator Especial, doctor Albert Barume, por la presentaci\u00f3n de su primer informe ante el Consejo de Derechos Humanos<a href=\"\/#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1]<\/a>. Destacamos la importante labor que la Relator\u00eda ha desarrollado en la promoci\u00f3n y protecci\u00f3n de los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas, y hacemos un llamamiento a los Estados miembros para que renueven este mandato, colaboren plenamente con el Relator Especial y proporcionen los medios necesarios para el cumplimiento de sus tareas. Es imperativo que los Estados miembros traduzcan sus compromisos con los derechos humanos en acciones que proporcionen financiaci\u00f3n para el adecuado funcionamiento del sistema de Procedimientos Especiales. <\/p>\n<p>El informe presentado por el Relator Especial aborda una cuesti\u00f3n muy relevante para los Pueblos Ind\u00edgenas. Como se afirma en el informe, el reconocimiento de los Pueblos Ind\u00edgenas como tales es el primer paso necesario para garantizar el respeto y la protecci\u00f3n de nuestros derechos fundamentales. <em> <\/em>Sin reconocimiento, se violan impunemente los derechos ind\u00edgenas y persiste la discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Los pueblos ind\u00edgenas llevan d\u00e9cadas comprometidos con los sistemas internacional y regional de derechos humanos, exigiendo el reconocimiento de su identidad y de sus derechos colectivos e individuales como pueblos distintos. La comunidad internacional ha avanzado significativamente en dicho reconocimiento, como reflejan la adopci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n y el compromiso universal con su aplicaci\u00f3n, reafirmados en el Documento Final de la AGNU de la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Ind\u00edgenas de 2014. <\/p>\n<p>A nivel nacional, muchos Estados miembros han incorporado el reconocimiento de los Pueblos Ind\u00edgenas y algunos de sus derechos en su legislaci\u00f3n, incluso a nivel constitucional.<\/p>\n<p>Pero, a pesar de los avances, persiste la brecha en la aplicaci\u00f3n. Incluso en muchos de los pa\u00edses con cierto nivel de reconocimiento, no se han dado los pasos necesarios para su realizaci\u00f3n. La incoherencia jur\u00eddica permite que la legislaci\u00f3n sobre miner\u00eda, energ\u00eda, incluida la transici\u00f3n justa, o conservaci\u00f3n del medio ambiente sustituya a las obligaciones constitucionales e internacionales relativas a los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas. El IPRI ha evaluado la legislaci\u00f3n sobre conservaci\u00f3n del medio ambiente en 12 pa\u00edses de distintas regiones del mundo en relaci\u00f3n con los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas. Las leyes y pol\u00edticas medioambientales siguen permitiendo el desplazamiento forzoso de los Pueblos Ind\u00edgenas sin su consentimiento libre, previo e informado, e ignoran sistem\u00e1ticamente sus derechos a la autodeterminaci\u00f3n y sobre sus tierras, territorios y recursos. Esta incoherencia jur\u00eddica es un importante vector de violencia y criminalizaci\u00f3n contra los Pueblos Ind\u00edgenas, legaliza su desposesi\u00f3n y la violaci\u00f3n de sus derechos, y debe abordarse urgentemente. Esperamos que el Relator Especial pueda prestar atenci\u00f3n a la persistencia de la incoherencia jur\u00eddica como uno de los obst\u00e1culos para la realizaci\u00f3n de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y proporcione recomendaciones a los Estados miembros para la modificaci\u00f3n o derogaci\u00f3n de dicha legislaci\u00f3n.      <\/p>\n<p>Agradecemos las observaciones y recomendaciones del Relator Especial sobre la cuesti\u00f3n de la extensi\u00f3n indiscriminada del r\u00e9gimen internacional de derechos humanos de los Pueblos Ind\u00edgenas a otros colectivos e individuos. Los derechos humanos han evolucionado para proteger y defender mejor a los distintos grupos en funci\u00f3n de sus necesidades espec\u00edficas y realidades hist\u00f3ricas. La Declaraci\u00f3n reconoce que los Pueblos Ind\u00edgenas son iguales a los dem\u00e1s Pueblos, con derecho a la autodeterminaci\u00f3n. El no reconocimiento del estatus de los Pueblos Ind\u00edgenas como pueblos, incluso asimil\u00e1ndolos a otros grupos, es discriminatorio y socava nuestros derechos fundamentales.   <\/p>\n<p>En relaci\u00f3n con el trabajo en curso del Relator Especial sobre la cuesti\u00f3n de los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas a las tierras, territorios y recursos naturales, as\u00ed como los avances y limitaciones en la aplicaci\u00f3n de estos derechos, esperamos cooperar y participar en las pr\u00f3ximas consultas regionales para la finalizaci\u00f3n de su informe<a href=\"\/#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">[2]<\/a>. La falta de realizaci\u00f3n de nuestros derechos a nuestras tierras, territorios y recursos debido al no reconocimiento, a procedimientos inadecuados de titulaci\u00f3n y a otros factores es un obst\u00e1culo clave en el ejercicio de nuestro derecho a la autodeterminaci\u00f3n y a toda una serie de derechos sociales, culturales y econ\u00f3micos. Tambi\u00e9n es una de las principales fuentes de violencia y criminalizaci\u00f3n contra los Pueblos Ind\u00edgenas. Nos alegramos de que el Relator Especial haya tenido en cuenta este aspecto en su informe provisional y esperamos que pueda profundizar m\u00e1s en la cuesti\u00f3n.  <\/p>\n<p>Acogemos con satisfacci\u00f3n la visita del Relator Especial a Botsuana. Las visitas a los pa\u00edses son un aspecto clave del trabajo de los Procedimientos Especiales. Permiten a los Pueblos Ind\u00edgenas, los Estados y otros actores relacionarse directamente con los Relatores Especiales sobre cuestiones concretas, respecto a las cuales los expertos pueden proporcionar recomendaciones espec\u00edficas para la protecci\u00f3n y realizaci\u00f3n de los derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas sobre el terreno. En este sentido, queremos expresar nuestra profunda preocupaci\u00f3n por el impacto que la actual crisis de liquidez est\u00e1 teniendo en el trabajo de los titulares de mandatos, incluida la reducci\u00f3n de las visitas a los pa\u00edses. Esperamos que los Estados miembros aumenten su apoyo y sus contribuciones para resolver esta situaci\u00f3n.    <\/p>\n<p>Por \u00faltimo, nos gustar\u00eda reiterar nuestro compromiso de cooperar con el Dr. Barume en su trabajo y desearle todo lo mejor en el cumplimiento de su importante mandato.<\/p>\n<\/p>\n<\/p>\n<p>[<a href=\"\/#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">1]<\/a> A\/HRC\/60\/29<\/p>\n<p>[<a href=\"\/#_ftnref2\" name=\"_ftn2\">2]<\/a> A\/80\/181<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Del 8 de septiembre al 8 de octubre de 2025 Declaraci\u00f3n de la Internacional de los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas (IPRI) y del Grupo Intercultural Almaciga Esta declaraci\u00f3n se presenta en nombre de la Internacional de los..<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[295],"tags":[],"class_list":["post-85957","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-declaraciones"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/85957","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=85957"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/85957\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=85957"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=85957"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=85957"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}