{"id":86236,"date":"2024-05-06T07:56:43","date_gmt":"2024-05-06T07:56:43","guid":{"rendered":"https:\/\/iprights.org\/2024\/05\/06\/unpfii-2024-punto-5g\/"},"modified":"2024-05-06T07:56:43","modified_gmt":"2024-05-06T07:56:43","slug":"unpfii-2024-punto-5g","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/iprights.org\/es\/2024\/05\/06\/unpfii-2024-punto-5g\/","title":{"rendered":"UNPFII 2024: Punto 5(g)"},"content":{"rendered":"<p>Foro Permanente de las Naciones Unidas sobre las Cuestiones Ind\u00edgenas (UNPFII). 23\u00aa sesi\u00f3n, punto 5(g) del orden del d\u00eda: \u201cdi\u00e1logo tem\u00e1tico, incluido el financiamiento del trabajo y la participaci\u00f3n de los pueblos ind\u00edgenas en el contexto, entre otros, del desarrollo, el clima, el medio ambiente y la biodiversidad\u201d. Declaraci\u00f3n de Indigenous Peoples Rights International (IPRI). Indigenous Peoples Rights International (IPRI) desea comentar sobre los riesgos y oportunidades y presentar recomendaciones con respecto al di\u00e1logo tem\u00e1tico de este a\u00f1o. A pesar de nuestros derechos reconocidos por el derecho internacional sobre estas tierras, territorios y recursos, y siendo custodios de estos vastos ecosistemas, en IPRI hemos documentado numerosos casos de criminalizaci\u00f3n, violencia e impunidad contra los pueblos ind\u00edgenas en el marco de la conservaci\u00f3n tipo \u201cfortaleza\u201d y la imposici\u00f3n de proyectos energ\u00e9ticos, incluida la miner\u00eda de minerales de transici\u00f3n.<br \/>Del 12 al 14 de abril, 87 representantes ind\u00edgenas de 35 pa\u00edses, provenientes de las siete regiones socioculturales del mundo, discutieron los riesgos y oportunidades de la Transici\u00f3n Justa y acordaron una Declaraci\u00f3n sobre los Pueblos Ind\u00edgenas y la Transici\u00f3n Justa, la cual compartiremos con ustedes y otros. Deseamos destacar algunos puntos clave de dicha Declaraci\u00f3n: reconocemos y apoyamos la necesidad de poner fin a la dependencia de los combustibles f\u00f3siles y de transitar hacia energ\u00edas renovables, pero la trayectoria actual de la transici\u00f3n energ\u00e9tica no cumple con los criterios de justicia, equidad social y sostenibilidad ambiental. Sabemos que m\u00e1s del 50 % de los minerales de transici\u00f3n del mundo se encuentran en nuestros territorios, y una gran parte del potencial de energ\u00edas renovables tambi\u00e9n se ubica en nuestras tierras. Nos alarman las graves consecuencias de la miner\u00eda y del despliegue de proyectos de energ\u00eda renovable en nuestros territorios sin nuestro consentimiento previo, libre e informado (CPLI), lo que vulnera nuestro derecho a la autodeterminaci\u00f3n. La demanda de minerales y metales de transici\u00f3n tiene un enorme potencial de generar contaminaci\u00f3n y agotamiento de las fuentes de agua a gran escala, conflictos e inseguridad alimentaria. Las inversiones previstas en estos sectores agravar\u00e1n a\u00fan m\u00e1s nuestra situaci\u00f3n en materia de derechos humanos, incluidos los ataques contra los defensores ind\u00edgenas de derechos humanos (IHRDs).<br \/>La Declaraci\u00f3n de los Pueblos Ind\u00edgenas sobre la Transici\u00f3n Justa hace un llamado a los Estados a reconocer legalmente, respetar, garantizar y proteger los derechos de los pueblos ind\u00edgenas, tal como se establece en la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas y otros derechos reconocidos internacionalmente, incluso en el contexto de las energ\u00edas renovables y la miner\u00eda de minerales de transici\u00f3n. Asimismo, insta a emprender reformas de leyes, pol\u00edticas y procedimientos para poner fin a la criminalizaci\u00f3n de los pueblos ind\u00edgenas; detener los ataques, asesinatos, la violencia y la represi\u00f3n contra los defensores de los derechos de los pueblos ind\u00edgenas; y garantizar un acceso efectivo a la justicia. Tambi\u00e9n llama a acelerar el abandono de los combustibles f\u00f3siles y redirigir el financiamiento y los subsidios para apoyar el desarrollo de energ\u00edas renovables determinado por los propios pueblos ind\u00edgenas. Adem\u00e1s, solicita asegurar que las iniciativas de transici\u00f3n energ\u00e9tica, como las Asociaciones para una Transici\u00f3n Energ\u00e9tica Justa, prioricen los derechos humanos, los derechos de los pueblos ind\u00edgenas, la equidad social, la integridad cultural y la protecci\u00f3n ambiental. Exige que las empresas respeten los derechos de los pueblos ind\u00edgenas, incluyendo la realizaci\u00f3n obligatoria del CPLI, la adopci\u00f3n e implementaci\u00f3n de salvaguardas sociales y ambientales, y el establecimiento de mecanismos de queja eficaces y accesibles. Finalmente, insta a adoptar leyes, pol\u00edticas y procedimientos que aborden los patrones de consumo insostenibles y promuevan la protecci\u00f3n ambiental entre la poblaci\u00f3n mundial.               Proveer financiamiento directo, adecuado y flexible, incluyendo el acceso a mecanismos de financiamiento clim\u00e1tico, as\u00ed como apoyo para el fortalecimiento de capacidades t\u00e9cnicas y legales, con el fin de empoderar a los pueblos ind\u00edgenas para que definan su propio presente y futuro en el desarrollo de energ\u00edas renovables. Declarar una prohibici\u00f3n de la expansi\u00f3n de la miner\u00eda en zonas prohibidas, incluidas \u00e1reas culturalmente significativas como sitios sagrados, zonas de subsistencia y otras \u00e1reas cr\u00edticas, seg\u00fan lo determinen los pueblos ind\u00edgenas ejerciendo su consentimiento previo, libre e informado (CPLI); esto debe incluir una prohibici\u00f3n de la explotaci\u00f3n del fondo marino para minerales de aguas profundas. Adoptar una regulaci\u00f3n obligatoria de debida diligencia en materia de derechos humanos y medio ambiente que exija la incorporaci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas a lo largo de todo el proceso de debida diligencia, en consonancia con los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGPs). Garantizar la participaci\u00f3n plena y efectiva de los pueblos ind\u00edgenas en la elaboraci\u00f3n de orientaciones para la implementaci\u00f3n de las Directrices de la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3micos (OCDE) para Empresas Multinacionales sobre Conducta Empresarial Responsable. Finalmente, dado que las consecuencias de la transici\u00f3n energ\u00e9tica son profundas para los pueblos ind\u00edgenas y resultan cr\u00edticas para nuestra supervivencia colectiva, resiliencia y desarrollo, recomendamos firmemente al Foro Permanente organizar el pr\u00f3ximo a\u00f1o un taller de expertos sobre pueblos ind\u00edgenas, transici\u00f3n energ\u00e9tica y minerales de transici\u00f3n, y adoptar este tema para la pr\u00f3xima sesi\u00f3n. Gracias.      <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Foro Permanente de las Naciones Unidas sobre las Cuestiones Ind\u00edgenas (UNPFII). 23\u00aa sesi\u00f3n, punto 5(g) del orden del d\u00eda: \u201cdi\u00e1logo tem\u00e1tico, incluido el financiamiento del trabajo y la participaci\u00f3n de los pueblos ind\u00edgenas en el contexto, entre otros,..<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":86237,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[295],"tags":[353],"class_list":["post-86236","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-declaraciones","tag-unpfii-2024"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/86236","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=86236"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/86236\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/86237"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=86236"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=86236"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=86236"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}