{"id":87195,"date":"2021-06-30T03:34:17","date_gmt":"2021-06-30T03:34:17","guid":{"rendered":"https:\/\/iprights.org\/2021\/06\/30\/mesa-redonda-sobre-el-decimo-aniversario-de-los-principios-rectores-sobre-las-empresas-y-los-derechos-humanos-2\/"},"modified":"2021-06-30T03:34:17","modified_gmt":"2021-06-30T03:34:17","slug":"mesa-redonda-sobre-el-decimo-aniversario-de-los-principios-rectores-sobre-las-empresas-y-los-derechos-humanos-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/iprights.org\/es\/2021\/06\/30\/mesa-redonda-sobre-el-decimo-aniversario-de-los-principios-rectores-sobre-las-empresas-y-los-derechos-humanos-2\/","title":{"rendered":"Mesa redonda sobre el d\u00e9cimo aniversario de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos<br>"},"content":{"rendered":"\n<p style=\"text-align: center;\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\" size-full wp-image-966\" src=\"https:\/\/iprights.org\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Joan_Carling_-_UNGP-1.png\" alt=\"Joan Carling UNGP\" width=\"700\" height=\"700\" srcset=\"https:\/\/iprights.org\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Joan_Carling_-_UNGP-1.png 1200w, https:\/\/iprights.org\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Joan_Carling_-_UNGP-1-80x80.png 80w, https:\/\/iprights.org\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Joan_Carling_-_UNGP-1-768x768.png 768w, https:\/\/iprights.org\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Joan_Carling_-_UNGP-1-300x300.png 300w, https:\/\/iprights.org\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Joan_Carling_-_UNGP-1-600x600.png 600w, https:\/\/iprights.org\/wp-content\/uploads\/2021\/06\/Joan_Carling_-_UNGP-1-100x100.png 100w\" sizes=\"(max-width: 700px) 100vw, 700px\" \/><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>47.\u00ba per\u00edodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>Mesa redonda sobre el d\u00e9cimo aniversario de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos<br \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>29 June 2021, 4 to 6 p.m.<br \/>Room XVIII, Palais des Nations, Geneva<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Declaraci\u00f3n de Joan Carling, co-convocante del Grupo Principal de los Pueblos Ind\u00edgenas para el Desarrollo Sostenible y directora ejecutiva de Indigenous Peoples Rights International<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los pueblos ind\u00edgenas suelen verse afectados negativamente por las operaciones empresariales, principalmente en relaci\u00f3n con sus tierras, territorios y recursos. Por ello, el desarrollo y la implementaci\u00f3n de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGP) proporcionan herramientas y mecanismos adicionales para el respeto y la protecci\u00f3n de los derechos de los pueblos ind\u00edgenas. <\/p>\n<p>Los diez a\u00f1os de implementaci\u00f3n de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGP) han cobrado impulso en la generaci\u00f3n de conciencia y atenci\u00f3n a nivel mundial sobre las preocupaciones y recomendaciones de los pueblos ind\u00edgenas, mediante nuestra participaci\u00f3n en foros globales y regionales, acciones colaborativas con aliados y personas defensoras, as\u00ed como a trav\u00e9s de las recomendaciones de los organismos pertinentes de las Naciones Unidas.<\/p>\n<p>Uno de los resultados estrat\u00e9gicos de la implementaci\u00f3n de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGP) es el desarrollo de pol\u00edticas y directrices de debida diligencia en derechos humanos, que incluyen el requisito del Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) de los pueblos ind\u00edgenas por parte de empresas e instituciones financieras como el Grupo del Banco Mundial.<br \/>Las principales industrias que han incorporado el CLPI incluyen las industrias extractivas, el aceite de palma, la madera y las cadenas de suministro de alimentos y bebidas.<br \/><strong>La C\u00e1mara de Comercio de China de Importadores y Exportadores de Metales, Minerales y Productos Qu\u00edmicos (CCCMC) afirma: \u201cNo participaremos ni toleraremos la extracci\u00f3n de recursos ni nos beneficiaremos de tierras donde no se haya obtenido el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades locales y de los pueblos ind\u00edgenas, incluso en aquellos casos en los que el extractor cuente con un t\u00edtulo legal, arrendamiento, concesi\u00f3n o licencia\u201d.<\/strong> <\/p>\n<p>Estos compromisos hist\u00f3ricos se adhieren al est\u00e1ndar m\u00ednimo para la relaci\u00f3n de las empresas con los pueblos ind\u00edgenas, el cual debe estar alineado con la Declaraci\u00f3n de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Ind\u00edgenas y el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos ind\u00edgenas y tribales.<br \/><strong>Ahora es crucial y urgente que estos actores empresariales pasen de la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas a su implementaci\u00f3n, y establezcan buenas pr\u00e1cticas que generen cambios positivos sobre el terreno en la pr\u00f3xima d\u00e9cada de implementaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Un acuerdo regional hist\u00f3rico de los Estados de Am\u00e9rica Latina y el Caribe en materia de gobernanza ambiental \u2014el Acuerdo de Escaz\u00fa\u2014 ha entrado en vigor y se espera que permita el acceso a la justicia para muchas comunidades ind\u00edgenas y l\u00edderes que defienden su medio ambiente frente a las operaciones empresariales.<br \/>Asimismo, el proceso actual en la Uni\u00f3n Europea para desarrollar una regulaci\u00f3n obligatoria de debida diligencia en derechos humanos para las empresas europeas, que incluye el compromiso de respetar los derechos de los pueblos ind\u00edgenas, constituye una acci\u00f3n innovadora en la implementaci\u00f3n de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGP).<br \/>Recomendamos que esta legislaci\u00f3n sea adoptada e implementada, al igual que el Tratado Vinculante sobre Empresas y Derechos Humanos con mecanismos s\u00f3lidos de rendici\u00f3n de cuentas, en la pr\u00f3xima d\u00e9cada de implementaci\u00f3n de los UNGP.<br \/>A nivel nacional, los pueblos ind\u00edgenas han sido incluidos en 13 Planes de Acci\u00f3n Nacional, y varios Estados tambi\u00e9n han iniciado procesos de reformas legales para el reconocimiento de sus derechos. Asimismo, las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos han desempe\u00f1ado un papel fundamental en la promoci\u00f3n de los UNGP, al visibilizar las violaciones de derechos humanos y facilitar la inclusi\u00f3n de los pueblos ind\u00edgenas en procesos de m\u00faltiples partes interesadas.   <\/p>\n<p>Sin embargo, la mayor\u00eda de los pueblos ind\u00edgenas, especialmente a nivel de base, sigue sin conocer los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGP) ni sus derechos.<br \/>El 86% de los pueblos ind\u00edgenas se encuentra en Asia y \u00c1frica, y la mayor\u00eda de ellos no est\u00e1 legalmente reconocida como pueblos ind\u00edgenas con derechos colectivos. Esto constituye una barrera importante para la implementaci\u00f3n de los UNGP.  <\/p>\n<p>De hecho, los \u00faltimos a\u00f1os han estado marcados por violaciones persistentes y alarmantes de los derechos de los pueblos ind\u00edgenas vinculadas a actividades empresariales, tanto en pa\u00edses desarrollados como en desarrollo. Estos casos se relacionan en gran medida con el despojo de tierras y recursos asociados a las industrias extractivas, el desarrollo energ\u00e9tico y el agronegocio.<br \/>Cuando las comunidades ind\u00edgenas y sus l\u00edderes toman acciones para defender sus derechos, muchos son acusados de delitos, acosados, intimidados, torturados e incluso asesinados. Adem\u00e1s, casi no existen mecanismos efectivos de reparaci\u00f3n ni acceso a la justicia para las v\u00edctimas y sus familias.<br \/>Incluso en el contexto de la actual pandemia de COVID-19, muchas corporaciones contin\u00faan o incluso ampl\u00edan sus operaciones perjudiciales, aprovechando los confinamientos y restricciones, mientras que las comunidades ind\u00edgenas afectadas no pueden protestar ni defender sus recursos.    <\/p>\n<p>Al entrar en la pr\u00f3xima d\u00e9cada de implementaci\u00f3n de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGP), es fundamental abordar las barreras existentes. El respeto y la protecci\u00f3n de nuestros derechos requieren el reconocimiento y la protecci\u00f3n legal por parte de los Estados de nuestros derechos a las tierras, territorios y recursos, a la integridad cultural y a la libre determinaci\u00f3n.<br \/>Esto proporcionar\u00e1 el marco adecuado para las empresas y permitir\u00e1 la correcta implementaci\u00f3n de la debida diligencia en derechos humanos, incluido el Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI), que no debe considerarse simplemente un requisito procedimental.<br \/>Los procesos impulsados por las propias comunidades, mediante la adhesi\u00f3n a los protocolos y directrices de CLPI desarrollados por los pueblos ind\u00edgenas, deben ser plenamente respaldados como un enfoque constructivo y respetuoso para que los Estados y las empresas se relacionen con los pueblos ind\u00edgenas sobre el terreno durante la pr\u00f3xima d\u00e9cada de implementaci\u00f3n de los UNGP.   <\/p>\n<p>El establecimiento de mecanismos efectivos para la participaci\u00f3n significativa e inclusi\u00f3n de los pueblos ind\u00edgenas en los procesos relacionados con las empresas \u2014incluidos los Planes de Acci\u00f3n Nacional (NAP), las pol\u00edticas y objetivos de comercio e inversi\u00f3n, as\u00ed como los proyectos empresariales bajo asociaciones p\u00fablico-privadas\u2014 es fundamental.<br \/>Del mismo modo, se debe dar prioridad a mecanismos eficaces de acceso a la reparaci\u00f3n y a la justicia para fortalecer la rendici\u00f3n de cuentas de los Estados y las empresas. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>47.\u00ba per\u00edodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos Mesa redonda sobre el d\u00e9cimo aniversario de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos 29 June 2021, 4 to 6 p.m.Room XVIII, Palais des Nations, Geneva..<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":87194,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[278],"tags":[210],"class_list":["post-87195","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias-y-reportajes","tag-global"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/87195","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=87195"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/87195\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/87194"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=87195"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=87195"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/iprights.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=87195"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}