- La sentencia reconoce, por primera vez en más de una década de acoso judicial, la inexistencia de la tentativa de homicidio contra la presunta víctima, Elisa Zepeda Lagunas.
- Al considerar el contexto de los hechos, el Tribunal calificó los testimonios acusatorios como carentes de credibilidad y sinceridad.
- Miguel debe ser absuelto definitivamente por el Juzgado Tercero de lo Penal de Oaxaca de los delitos de homicidio y tentativa de homicidio.
- Además de Miguel, deben ser absueltos los defensores mazatecos que aún tienen órdenes de aprehensión y procesos penales por este delito inexistente.
Diferentes geografías, 2 de marzo de 2026. El 25 de febrero de este año se publicó la sentencia emitida por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Oaxaca en el Amparo Directo 631/2022, que absolvió a Miguel Peralta Betanzos de todas las acusaciones en su contra después de un proceso de más de 11 años. Este reconocimiento es coherente con las normas internacionales sobre garantías procesales, presunción de inocencia y protección de los defensores indígenas.
El amparo concedido obliga al Juzgado Tercero de lo Penal de Oaxaca a confirmar la inocencia y libertad absoluta de Miguel por los delitos de homicidio y tentativa de homicidio. Además, por primera vez en el proceso, existe una determinación judicial que niega la existencia de este último delito, supuestamente cometido contra Elisa Zepeda, y considera el contexto en el que ocurrieron los hechos para calificar los testimonios acusatorios como poco fiables, insinceros y sesgados por simpatía hacia el grupo caciquil, lo que evidencia su intención de incriminarlo.
Para Miguel, esto representa una pequeña ventana en la que la libertad puede verse a lo lejos; un espacio a través del cual podemos escapar de este confinamiento, porque aunque somos libres, seguimos estando limitados en muchos sentidos. Hemos ganado una pequeña batalla en esta gran afrenta contra el Estado y sus representantes. Nuestra comunidad ha experimentado en carne propia el racismo institucional, el retraso sistemático, la persecución, la criminalización, la fabricación de delitos, la tortura, el desplazamiento forzado y el encarcelamiento. Una vez más, se ha confirmado que las mentiras que nos mantenían entre rejas se están desvaneciendo; ya no tienen forma de sostener esta falacia que crearon para someter a nuestro pueblo y hacerse con el control político y económico. No dejaremos de resistir hasta que todo el pueblo perseguido de Eloxochitlán sea absolutamente libre.
Para la comunidad, sometida al acoso judicial y a la devastación del río Xangá Ndá Ge por parte del grupo caciquil, esta sentencia confirma, por un lado, la persecución y la fabricación de delitos con el objetivo de inhibir la organización comunitaria y la defensa del territorio. Por otro lado, abre la puerta a la justicia para el resto de personas injustamente procesadas, ya que se convierte en un sólido criterio externo para exigir la liberación de 12 de los defensores exiliados y 5 más, aún sujetos a proceso penal por los mismos delitos. Además, la sentencia permite combatir la estigmatización y represión que aún prevalece sobre toda la comunidad criminalizada, que en 2025 volvió a ser objeto de más de 200 órdenes de aprehensión, lo que significó un recrudecimiento de la persecución por parte de los tres poderes del estado de Oaxaca.
Este patrón de persecución masiva contra los defensores indígenas refleja las prácticas de criminalización que se han documentado en diferentes contextos contra los Pueblos Indígenas que ejercen su autonomía y defienden su territorio.
Es importante recordar que Miguel Peralta ya había obtenido su libertad en octubre de 2019, tras una agotadora defensa, porque no había acusaciones directas contra él. Sin embargo, las presuntas víctimas recurrieron y dicha sentencia fue revocada en marzo de 2022 por el Juzgado Tercero de lo Penal de Oaxaca, lo que le ha obligado a permanecer en el exilio durante cuatro años. Desde entonces, buscó obtener del Primer Tribunal Colegiado la confirmación de su inocencia y libertad absoluta, llegando hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual, en noviembre de 2024, devolvió el caso a dicho tribunal para que lo resolviera con una perspectiva intercultural.
Durante más de un año de procedimiento ante el Tribunal Colegiado, se presentaron escritos, pruebas y amicus curiae , lo que obligó a los magistrados a entrar a estudiar el fondo del asunto. A raíz de dos informes periciales antropológicos contextuales, el tribunal reconoció la existencia de un conflicto sociopolítico que dio lugar a «grupos antagónicos». La sentencia deja claro que los testimonios de quienes mantienen alianzas con el cacicazgo, según los propios informes periciales, permiten vislumbrar «la pretensión de involucrar a [Miguel] como parte del grupo contrario». La sentencia es contundente al señalar inconsistencias y graves contradicciones en las pruebas que se han utilizado contra decenas de perseguidos y exiliados de la comunidad mazateca.
Este caso ha demostrado cómo el sistema de justicia penal puede utilizarse como mecanismo de castigo contra quienes defienden su territorio y ejercen su propia organización comunitaria. La criminalización de Miguel Peralta y de la Asamblea de Eloxochitlán no es un hecho aislado, sino parte de un intento de debilitar el ejercicio de la autonomía y la autodeterminación, manteniendo la devastación del río.
Esperamos que, sin más demora, el Tribunal Penal Tercero cumpla esta resolución, dicte una sentencia absolutoria definitiva y permita que, tras más de una década de proceso, termine la persecución y se haga justicia.
Te agradecemos tu difusión,
Miguel Ángel Peralta Betanzos
Mazatecas por la Libertad
Grupo de Apoyo Solidario con Miguel Peralta
La Internacional de los Derechos de los Pueblos Indígenas (IPRI)
Foto: Elizabeth Díaz
