
- El reconocimiento y la protección de las tierras, territorios y recursos de los pueblos indígenas son fundamentales para el ejercicio de sus derechos humanos.
- Al menos 239 territorios tradicionales y 114 pueblos en aislamiento voluntario o de contacto reciente se verán afectados negativamente.
- Esta decisión dejará a los pueblos indígenas expuestos a la violencia de grupos del crimen organizado y al despojo de sus territorios para actividades empresariales.
Indigenous Peoples Rights International, una organización internacional dedicada a la defensa de los derechos de los pueblos indígenas, se suma a las preocupaciones de las organizaciones indígenas y de la sociedad civil respecto a los actos legales y administrativos mediante los cuales Fundação Nacional dos Povos Indígenas (FUNAI), la agencia del gobierno federal responsable de la política indígena en Brasil, ha excluido de sus actividades de protección a las tierras indígenas no demarcadas.
El 29 de diciembre de 2021 se publicó la Circular N.º 18, en la que se establece que las actividades de protección territorial de Fundação Nacional dos Povos Indígenas (FUNAI) deberán llevarse a cabo únicamente después de que concluya el procedimiento administrativo de demarcación, es decir, una vez que la demarcación haya sido homologada mediante decreto presidencial y se haya realizado el registro inmobiliario a nombre de la Unión.
Con esta medida, alrededor de 239 territorios tradicionales y 114 pueblos en aislamiento voluntario y de contacto reciente, cuyos procesos de demarcación aún están pendientes, se verán afectados.
Junto con el intento de establecer un “marco temporal” que restringe el reconocimiento y la protección de los territorios indígenas, esta nueva disposición se suma a las acciones gubernamentales que colocan a los pueblos indígenas en una situación de incertidumbre jurídica respecto a sus tierras, territorios y recursos.
Como se señaló en el Informe A/HRC/33/42/Add.1 de la ex Relatora Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Victoria Tauli-Corpuz, durante su misión a Brasil en 2016, una preocupación urgente de los pueblos indígenas del país es la necesidad de concluir los procesos de demarcación territorial para garantizar el disfrute de sus demás derechos.
También destacó “el papel constructivo y proactivo de Fundação Nacional dos Povos Indígenas (FUNAI) en la protección de los derechos de los pueblos indígenas y en el desarrollo de un marco jurídico y administrativo reconocido internacionalmente para la demarcación de tierras indígenas y la protección de los derechos territoriales, incluidos los casos de pueblos indígenas aislados”.
Brazil cuenta con varias disposiciones constitucionales ejemplares sobre los derechos de los pueblos indígenas y fue pionero en la demarcación de sus territorios.
En Indigenous Peoples Rights International observamos un preocupante retroceso en los mencionados procesos de demarcación, atribuido al debilitamiento de Fundação Nacional dos Povos Indígenas (FUNAI) y a la falta de voluntad política para concluir los procedimientos de demarcación en los niveles ministerial y presidencial.
En el contexto político actual, esta medida que limita la protección de los territorios indígenas agravará las amenazas que enfrentan los pueblos indígenas y los dejará en una situación de alta vulnerabilidad frente a las acciones de organizaciones criminales, empresas y corporaciones que buscan invadir y explotar económicamente sus territorios. De hecho, estos ataques contra los territorios indígenas por parte de dichos grupos ya se están produciendo a un nivel alarmante.
Ante este escenario, hacemos un llamado al Gobierno de Brazil para que:
- Suspenda la Circular N.º 18 y sus efectos, los cuales ponen en riesgo la supervivencia física y cultural de los pueblos y comunidades en Brazil.
- Retome la recomendación contenida en el mencionado Informe A/HRC/33/42/Add.1, referente al fortalecimiento de Fundação Nacional dos Povos Indígenas (FUNAI), revirtiendo la tendencia de los últimos años de debilitamiento de los mecanismos de protección de los pueblos indígenas.
- Cumpla con sus obligaciones internacionales relativas a la plena protección y reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas a sus tierras, territorios y recursos, así como a la libre determinación.
