
PUNTO 3: PUEBLOS INDÍGENAS, EMPRESAS, AUTONOMÍA Y LOS PRINCIPIOS DE DERECHOS HUMANOS DE DEBIDA DILIGENCIA, INCLUIDO EL CONSENTIMIENTO LIBRE, PREVIO E INFORMADO
La intensificación de la criminalización de los pueblos indígenas en las actividades empresariales está directamente relacionada con la falta de reconocimiento legal y protección de los derechos de los pueblos indígenas sobre nuestras tierras, territorios y recursos, así como de nuestro derecho a la libre determinación.
Indigenous Peoples Rights International (IPRI) ha observado un aumento de casos de violaciones de los derechos de los pueblos indígenas por parte de las industrias extractivas, la agroindustria y el desarrollo de energías renovables. Además, los mecanismos existentes de rendición de cuentas y reparación son insuficientes para brindar justicia a las víctimas.
IPRI desea llamar su atención sobre nuestro documento informativo sobre Pueblos Indígenas, Derechos Humanos y Actividades Empresariales: los Principios Rectores de la ONU (UNGP) y la protección de los derechos de los pueblos indígenas.
En línea con lo anterior, IPRI recomienda al UNPFII lo siguiente:
- Realizar un estudio sobre los mecanismos existentes de quejas y reparación relacionados con los impactos adversos de las actividades empresariales sobre los derechos de los pueblos indígenas y el medio ambiente. En este sentido, el UNPFII deberá organizar una reunión de expertos sobre el fortalecimiento del acceso a los mecanismos de queja y reparación, así como sobre medidas efectivas para proteger a los defensores de los derechos humanos y ambientales de los pueblos indígenas.
- Recomendar al Parlamento Europeo que garantice el requisito explícito del consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas como parte de la ley sobre la debida diligencia obligatoria en materia de derechos humanos en las cadenas de suministro globales, en consonancia con sus resoluciones en apoyo a la implementación de la UNDRIP.
- Recomendar al Grupo de Trabajo de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos que garantice la participación significativa de los pueblos indígenas en los procesos sobre empresas y derechos humanos; y que apoye las sinergias entre la Hoja de Ruta del Grupo de Trabajo y la Hoja de Ruta de los Pueblos Indígenas para la Segunda Década de la Implementación de los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos.
- Recomendar a los Estados miembros que reconozcan legalmente los derechos de los pueblos indígenas sobre nuestras tierras y recursos; que establezcan medidas de protección frente a operaciones empresariales destructivas y mecanismos de protección para los defensores de los derechos humanos y ambientales de los pueblos indígenas; que garanticen mecanismos eficaces de rendición de cuentas para abordar las violaciones de los derechos de los pueblos indígenas en el contexto de las actividades empresariales; y que adopten un tratado jurídicamente vinculante para las corporaciones que garantice el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de los pueblos indígenas.
Muchas gracias.
