MECANISMO DE EXPERTOS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
Decimoquinta sesión
Tema 10: Trabajo futuro
Declaración de Indigenous Peoples Rights International (IPRI)
IPRI desea formular dos sugerencias respecto al trabajo futuro del EMRIP. La primera se refiere a la declaración presentada por IPRI bajo el tema 3 de la agenda, al comentar el estudio de este año. Nos alienta la respuesta inicial positiva de los miembros del EMRIP a nuestra recomendación de elaborar un futuro estudio o informe sobre acuerdos de paz relacionados con conflictos que afectan a los pueblos indígenas.
El análisis y la orientación sobre acuerdos de paz es un tema complejo y sumamente relevante. Los acuerdos de paz son el resultado de situaciones de conflicto en las que los pueblos indígenas han sufrido graves violaciones de sus derechos humanos colectivos e individuales. El seguimiento de la implementación de estos acuerdos es fundamental, y la comunidad internacional puede desempeñar un papel muy positivo en ello, como se ha observado en el caso de Colombia.
En algunas situaciones, los pueblos indígenas pueden verse afectados negativamente por estos acuerdos, particularmente cuando sus derechos fundamentales no son reconocidos o no han sido considerados en los procesos de paz, incluyendo la etapa posterior al conflicto.
Nuestra segunda sugerencia está vinculada al estatus del EMRIP como órgano subsidiario del Consejo de Derechos Humanos. Consideramos que el EMRIP debería desempeñar un papel en el seguimiento de los avances en materia de derechos de los pueblos indígenas dentro del trabajo general del Consejo.
IPRI ha comenzado a publicar un compendio de decisiones y jurisprudencia nacionales relacionadas con los derechos de los pueblos indígenas. Este compendio incluye observaciones generales, observaciones finales y otros trabajos desarrollados por los órganos de tratados de la ONU, que clarifican cómo deben incorporarse e implementarse los derechos de los pueblos indígenas dentro del marco de los distintos convenios de derechos humanos.
Otros procesos relevantes bajo el Consejo de Derechos Humanos, incluido el Examen Periódico Universal y el trabajo desarrollado por los procedimientos especiales, también están generando recomendaciones importantes dirigidas a los Estados y otros actores para implementar los derechos indígenas reconocidos internacionalmente como parte de sus obligaciones y compromisos en materia de derechos humanos.
Consideramos que el EMRIP debería asumir el monitoreo de estos avances dentro del Consejo de Derechos Humanos como parte de su trabajo regular, incluyendo el seguimiento y la discusión sobre la implementación de la amplia jurisprudencia de la ONU.
Esto podría llevarse a cabo mediante la creación de una base de datos especial y accesible que registre estos avances, así como la incorporación de un punto permanente en la agenda de sus sesiones anuales donde expertos, Estados miembros y pueblos indígenas puedan debatir sobre la implementación.
IPRI reafirma su compromiso de cooperar con el EMRIP en el desarrollo de estas y otras actividades para promover la plena implementación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en el marco de la celebración de su 15º aniversario este año.
Gracias.
