Xanharu:
Defendiendo los Derechos de los Pueblos Indígenas
Compendio | Número 53
Acerca del Compendio
La adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas (’la
Declaración’) por la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2007 fue el resultado de
siglos de lucha de los Pueblos Indígenas de todo el mundo contra la colonización, la asimilación forzada y la
discriminación sistémica. La Declaración establece los estándares internacionales mínimos para el respeto,
reconocimiento y protección de los derechos de los Pueblos Indígenas (art. 43). La Asamblea General de
las Naciones Unidas ha reafirmado reiteradamente la Declaración, explicando, más recientemente, que
“trata de sus derechos individuales y colectivos, ha tenido una influencia positiva en la redacción de varias
constituciones y leyes a los niveles nacional y local, y ha contribuido al desarrollo progresivo de marcos
jurídicos y políticas internacionales y nacionales”.1
A pesar de este logro histórico de los Pueblos Indígenas, sus derechos siguen siendo violados, tanto en la ley
como en la práctica, en muchas partes del mundo. Sin embargo, diferentes organismos autorizados emiten
cada vez más legislación y jurisprudencia que afirman los derechos de los Pueblos Indígenas, especialmente
con relación a sus tierras, territorios y recursos, así como a la libre determinación y a su patrimonio cultural,
de conformidad con la Declaración, y con los tratados universales y regionales de derechos humanos.
Derechos de los Pueblos Indígenas Internacional (IPRI, por sus siglas en inglés) publica este Compendio como
una recopilación de legislación y jurisprudencia en relación con los derechos de los Pueblos Indígenas a nivel
internacional (el sistema de las Naciones Unidas y otros), a nivel regional (organismos regionales de derechos
humanos) y a nivel nacional (tribunales nacionales). También incluiremos legislación y jurisprudencia
adoptada por jurisdicciones indígenas. Los casos recogidos en el Compendio demuestran, entre otras cosas,
la conclusión del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (MEDPI) de que
“muchos de los derechos consagrados en la Declaración ya están garantizados por importantes instrumentos
internacionales de derechos humanos y han cobrado una importante fuerza normativa, particularmente
merced a la labor de los órganos de tratados y los tribunales regionales y nacionales.”2 El MEDPI, por tanto,
confirma que la Declaración ofrece una “versión de los principios y las normas generales de derechos
humanos en el contexto de las circunstancias concretas históricas, culturales y sociales de los pueblos
indígenas” y que los estándares mínimos allí afirmados “entroncan con las obligaciones que incumben
efectivamente a los Estados en virtud del derecho internacional de los derechos humanos…”3
IPRI cree que compartir esta información con los Pueblos Indígenas, sus aliados y otros, impulsará una
mayor conciencia y comprensión sobre los derechos de los Pueblos Indígenas como parte integral del
derecho sobre los derechos humanos, que los estados tienen el deber de reconocer, respetar, proteger
y cumplir, tanto en la legislación como en la práctica internas. Esperamos que también inspire a los
formuladores de políticas, jueces, fiscales, abogados y otros a prestar mayor atención a los derechos de
los Pueblos Indígenas para eliminar la discriminación sistémica y las injusticias sociales cometidas contra
ellos. Por último, esperamos también que fomente y fortalezca el compromiso y las acciones de los propios
Pueblos Indígenas, para avanzar en la realización de sus derechos en la ley y en la práctica, bien sea en la
jurisdicción estatal, en la indígena o en ambas.
Este Compendio es una publicación periódica de IPRI y pronto se integrará en su sitio web con funciones de
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