Xanharu || Legislación y jurisprudencia en defensa de los derechos de los pueblos indígenas: avances a nivel mundial, regional y nacional (Número 6)

Los siglos de lucha de los pueblos indígenas en todo el mundo contra la colonización, la asimilación forzada y la discriminación sistémica dieron lugar a la adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (UNDRIP) por la Asamblea General de las Naciones Unidas en septiembre de 2007. La UNDRIP establece las normas internacionales mínimas para el respeto, reconocimiento y protección de los derechos de los pueblos indígenas (art. 43). La Asamblea General de las Naciones Unidas ha reafirmado en repetidas ocasiones llamados Declaración;; recientemente, ha explicado que esta «aborda los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas y ha influido positivamente en la redacción de varias constituciones y leyes a nivel nacional y local, además de haber contribuido al desarrollo progresivo de los marcos jurídicos y las políticas internacionales y nacionales». 1

A pesar de este logro histórico de los pueblos indígenas, sus derechos continúan siendo vulnerados tanto en la ley como en la práctica en muchas partes del mundo. Sin embargo, cada vez más legislaciones y decisiones jurisprudenciales que afirman los derechos de los pueblos indígenas —especialmente sobre sus tierras, territorios y recursos, su derecho a la libre determinación y a su patrimonio cultural— están siendo adoptadas por diversas instancias con autoridad, en consonancia con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y con los tratados universales y regionales de derechos humanos. Estas últimas también se interpretan cada vez más de manera coherente con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (UNDRIP).

Por lo tanto, IPRI publica este compendio como una recopilación de legislación y jurisprudencia relacionada con los derechos de los pueblos indígenas a nivel internacional (sistema de la ONU y quizás otros), a nivel regional (organismos regionales de derechos humanos) y a nivel nacional (tribunales y leyes nacionales). Entre otras cosas, los casos incluidos en el compendio ilustran la conclusión del EMRIP de que «muchos de los derechos contenidos en la Declaración ya están garantizados por los principales instrumentos internacionales de derechos humanos y se les ha otorgado una fuerza normativa significativa, incluso a través de la labor de los órganos creados en virtud de tratados, así como de los tribunales regionales y nacionales». 2

IPRI considera que compartir esta información con los Pueblos Indígenas, sus aliados y otras personas contribuirá a una mayor concientización y comprensión sobre los derechos de los pueblos indígenas como parte integral del derecho de los derechos humanos, en el que los Estados tienen el deber de reconocer, respetar, proteger y hacer valer esos derechos en la legislación y la práctica nacionales. Esperamos que también inspire a los responsables de políticas, jueces, fiscales, abogados y otras personas a prestar mayor atención a los derechos de los Pueblos Indígenas, con el fin de eliminar la discriminación sistémica y la injusticia social cometidas contra ellos. Por último, esperamos que también aliente y fortalezca el compromiso y las acciones de los pueblos indígenas para promover la realización de sus derechos tanto en la ley como en la práctica.

Este compendio es una publicación periódica del IPRI y pronto se integrará en el sitio web del IPRI con funciones de búsqueda.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *