60ª sesión del Consejo de Derechos Humanos Mesa redonda anual de medio día de duración sobre los derechos de los Pueblos Indígenas Tema: Los derechos de los Pueblos Indígenas en el contexto de una transición justa hacia sistemas energéticos sostenibles, incluso en relación con los minerales críticos ¡Señora Presidenta, Excelencias, Dignatarios, Hermanas y Hermanos Indígenas, Sewaro! Saludos en lengua limbu. ¿Cómo puede alguien dormir por la noche mientras se encuentra en misión de observación de un conflicto entre una comunidad y una empresa hidroeléctrica en un pueblo amenazado por inundaciones en un lado, desprendimientos masivos de tierra en el otro, y actividad continuada de corrimientos de tierra en las cercanías, todo ello desencadenado por la imprudente construcción de un supuesto proyecto de energía limpia? ¿Por qué alguien soportaría voluntariamente semejante trauma, enfrentándose al «colonialismo verde» en nombre de una transición justa? Pasé una noche en estas condiciones en la aldea de Yakthung Limbus. Para los miembros de la comunidad, ésta es su realidad cotidiana. No tienen otro lugar adonde ir para escapar de esta situación que pone en peligro sus vidas. Como abogado en ejercicio, tengo serias dudas sobre la calificación de los proyectos hidroeléctricos como «energía limpia» en el contexto de la justicia y la equidad, especialmente en lo que se refiere a la idea de una transición justa en Nepal. Las graves violaciones de los derechos humanos -como la denegación del derecho a la información, la militarización, la intimidación, la apropiación de tierras sin consentimiento libre, previo e informado (CLPI), el desalojo forzoso, la tortura y la denegación del acceso a la justicia, a una indemnización justa y al reparto de beneficios- se justifican en nombre del desarrollo. La mayoría de los proyectos hidroeléctricos se ubican en territorios de pueblos indígenas, sirviendo como medios y fines de colonización. La llamada transición justa de Nepal es, en realidad, un proyecto injusto, racista y brahmánico que sigue socavando la soberanía, la autodeterminación, la autonomía y el autogobierno consuetudinario de los Pueblos Indígenas, al tiempo que acapara nuestras tierras, territorios y recursos sin nuestro consentimiento libre, previo e informado. ¿Es esto justicia? En absoluto. Es la pregunta del millón: ¿Existe algún espacio para la justicia cuando se obliga a los Pueblos Indígenas a vivir a punta de pistola? ¿Cómo pueden sobrevivir nuestras comunidades cuando los proyectos hidroeléctricos destruyen nuestras montañas sagradas, ríos, bosques, patrimonio y civilizaciones enteras? Cuando planteamos nuestras preocupaciones, nadie nos escucha. Cuando protestamos, se nos criminaliza, acusándonos de delitos como «daños criminales», según el artículo 285.3(c) de la Ley del Código Penal de 2017. Ahora mismo, nueve jóvenes yakthung (limbu) se enfrentan a un juicio en el Tribunal de Distrito de Taplejung por organizar una protesta pacífica para proteger sus lugares sagrados y sus derechos colectivos en el Proyecto Hidroeléctrico del Alto Tamor. El proceso judicial es tan costoso que, tarde o temprano, podrían verse obligados a vender sus tierras sólo para pagar su defensa. Ha habido algunos avances. En el caso de Dutta Sing Basnet contra el Gobierno de Nepal y el Primer Ministro y otros (074-WO-1031), el Tribunal Supremo dictó un Mandamus por el que exigía al gobierno que aplicara la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI), el Convenio 169 de la OIT, los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos y la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. El poder judicial ha desempeñado un papel constructivo al hacer obligatorio el Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) para resolver los conflictos entre los pueblos indígenas, el gobierno y los promotores hidroeléctricos. El Tribunal Supremo de Nepal ha interpretado que el CLPI, en consonancia con la DNUDPI, es jurídicamente vinculante para los proyectos de desarrollo, incluidos los denominados proyectos de energía limpia. Sin embargo, se tardó siete años en llegar a esta decisión, y los daños medioambientales y las injusticias nunca se abordaron en su totalidad. Esto demuestra que el sistema de justicia indígena -arraigado en nuestras propias costumbres y administración- puede ser a veces más eficaz que el sistema estatal, ofreciendo un espacio más amplio para soluciones pacíficas y justas y para la aplicación real del CLPI. Las repercusiones negativas de los proyectos de energías renovables, especialmente los hidroeléctricos, son abrumadoras. Estos proyectos suelen provocar la pérdida de tierras ancestrales, lugares sagrados, medios de vida tradicionales e instituciones de autogobierno. Más allá de estos daños inmediatos, también intensifican el riesgo de enfrentamientos violentos entre Pueblos Indígenas, autoridades gubernamentales, fuerzas de seguridad y empresas comerciales. Las centrales hidroeléctricas y otros proyectos de energías renovables a gran escala suelen llevarse a cabo sin el consentimiento libre, previo e informado (CLPI) de las comunidades afectadas. Este desprecio por los derechos indígenas provoca desplazamientos forzosos, degradación medioambiental y la erosión de la identidad cultural. Se represan ríos, se talan bosques y se alteran ecosistemas enteros, socavando los cimientos espirituales y materiales de las sociedades indígenas. Además, la afluencia de agentes externos y la militarización en torno a los emplazamientos de los proyectos suelen conllevar la intimidación, la vigilancia y la criminalización de los líderes indígenas y los defensores de los derechos humanos. Las promesas de reparto de beneficios y desarrollo local rara vez se cumplen, dejando a las comunidades marginadas y excluidas de los procesos de toma de decisiones que afectan directamente a su futuro. En muchos casos, estos proyectos denominados «verdes» reproducen pautas de colonialismo y explotación, dando prioridad al beneficio y a los intereses nacionales sobre los derechos, el bienestar y la supervivencia de los pueblos indígenas. El efecto acumulativo no es sólo un daño medioambiental y social, sino también una profundización de las injusticias y desigualdades históricas. Antes de la colonización y la brahmanización, los Pueblos Indígenas de Nepal practicaban algunos de los mejores modelos de administración y gobernanza. Pero durante los últimos dos siglos y medio, los colonizadores, los racistas y los sistemas brahmanistas han traído desgracia y desposesión. Los bancos internacionales de inversión y los socios para el desarrollo suelen apoyar estos proyectos perjudiciales, ignorando los derechos indígenas. Como resultado, casi no existen ejemplos de asociaciones exitosas entre Pueblos Indígenas y promotores de energías renovables. Una rara excepción es cuando el gobierno finlandés retiró millones de dólares de apoyo a un vertedero en territorio indígena tharu después de que se descubriera que violaba los derechos indígenas, incluido el CLPI. Resulta alentador que cada vez más pueblos indígenas exijan al gobierno, a las empresas y a los socios internacionales que respeten el CLPI durante la llamada transición justa, de acuerdo con la DNUDPI, el Convenio 169 de la OIT y la Recomendación General nº 39 de la CEDAW, así como con las directrices del Tribunal Supremo. Sin embargo, los Estados y los actores empresariales a menudo distorsionan o eluden el CLPI, lo que convierte su aplicación significativa en una tarea hercúlea. El camino a seguir: De los Principios a la Práctica Existe una necesidad urgente de políticas y directrices vinculantes que exijan el Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) para todos los proyectos que afecten directa o indirectamente a los Pueblos Indígenas, sus tierras y territorios, de acuerdo con la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI). La pregunta sigue siendo: ¿cómo podemos hacer que esto sea una realidad? Las recomendaciones que aquí presento están profundamente informadas por los principios y resultados de la Cumbre Internacional de los Pueblos Indígenas y Transiciones Justas, y firmemente alineadas con ellos. La Cumbre reunió a dirigentes y comunidades indígenas de todo el mundo para articular una visión compartida de una transición justa, centrada en los derechos, los conocimientos y el liderazgo indígenas. Si basamos nuestras acciones en estas recomendaciones, podremos pasar de los principios a la práctica y garantizar que la transición justa sea realmente justa para los Pueblos Indígenas y para todos. Recomendaciones: En el contexto de la transición justa, los gobiernos suelen hacer un mal uso de los royalties de los proyectos hidroeléctricos y de los fondos para el clima, dejando excluidos a los Pueblos Indígenas afectados. Es necesario diseñar mecanismos independientes para los royalties y el reparto de beneficios que lleguen directamente a las comunidades indígenas. Dada la participación del Ejército de Nepal, las Fuerzas Armadas de Policía y la policía civil en la protección de los proyectos hidroeléctricos, deberían realizarse auditorías periódicas de derechos humanos de estas fuerzas de seguridad. Puede considerarse la posibilidad de restringir la participación en las fuerzas de mantenimiento de la paz de la ONU a los países que violen los derechos indígenas. Las agencias de la ONU deberían llevar a cabo auditorías anuales del CLPI y proporcionar recomendaciones a los gobiernos. Las agencias de la ONU deben proporcionar formación periódica a jueces y abogados de Nepal para garantizar el reconocimiento y el respeto de los derechos de los Pueblos Indígenas, incluido el CLPI y los derechos sobre la tierra. El cumplimiento por parte de los agentes estatales debe estar motivado por el respeto genuino de los derechos, no por el miedo. Las auditorías del CLPI realizadas por la OACNUDH pueden contribuir a fomentar una cultura de esperanza y responsabilidad. Las agencias de la ONU deberían organizar periódicamente conferencias académicas sobre temas clave como el CLPI, la autodeterminación y los sistemas consuetudinarios de autogobierno, a fin de crear un entorno propicio para la aplicación significativa de los derechos consagrados en la DNUDPI. Es esencial reconocer los sistemas de justicia y administración indígenas, regidos por tradiciones, prácticas y leyes consuetudinarias, para combatir los desastres climáticos, garantizar una transición justa y promover la equidad. Deberían adoptarse las siguientes medidas para salvaguardar los derechos de los Pueblos Indígenas en el contexto de una transición justa: Garantizar los derechos de autodeterminación, autonomía, autogobierno consuetudinario, CLPI, custodia de tierras, territorios y recursos, y otros derechos en las constituciones, leyes, políticas, planes y programas a todos los niveles. Garantizar la representación y participación directas de los Pueblos Indígenas, incluidas las mujeres indígenas, en la formulación de políticas, planes, programas, estrategias, proyectos, presupuestos, investigación, seguimiento y evaluación de las iniciativas de transición justa. Promover proyectos de energía renovable solar y eólica que cumplan plenamente la DNUDPI. Devolver a los Pueblos Indígenas las tierras que les fueron arrebatadas por el gobierno sin obtener el CLPI. Establecer protocolos y mecanismos obligatorios de CLPI para todos los proyectos relacionados con la transición justa, incluidos los financiados por socios internacionales para el desarrollo. Interpretar las leyes internacionales y nacionales relativas al medio ambiente, la DNUDPI y el Convenio 169 de la OIT como vinculantes y no como mero derecho indicativo. Ver vídeo
